(Decreto 1077 de 2015 artículo 2.2.6.1.1.1, modi- ficado por el artículo 2 del Decreto 2218 de 2015 y por el artículo 2 del Decreto 1203 de 2017).
LICENCIA URBANÍSTICA
Una licencia urbanística es un acto administrativo de autorización, de carácter particular y concreto, mediante el cual le permite a su titular realizar obras de urbanización y parcelación de predios, de construcción, ampliación, modificación, adecuación, reforzamiento estructural, restauración, reconstrucción, cerramiento y demolición de edificaciones, de intervención y ocupación del espacio público, y llevar a cabo el loteo o subdivisión de predios.